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EDITORIAL El orden público está en crisis
El continuo bloqueo y ocupación de carreteras, calles y lugares públicos de la capital y de ciudades del interior del país es otra de las consecuencias de las lagunas normativas derivadas de la falta de desarrollo de determinados artículos de la Constitucion de la República.
Los descomunales atascos en las principales rutas del país y en la capital, a causa de frecuentes protestas, trae al tapete de la discusión pública la necesidad de normar cuanto antes ese tipo de actividades, en especial, porque en el uso mal entendido del derecho de reunión, contenido en el artículo 33 de la Carta Magna, se viola el artículo 26 de la misma norma constitucional, al limitarse la libertad de tránsito y locomoción, inherente a toda persona residente en este país.
Engolosinados por la euforia democrática que pondría fin al imperio autoritario de cinco gobiernos militares, los constituyentes de 1985 consensuaron de manera dispendiosa el derecho de reunión y de manifestación pública, “sin ningún tipo de restricción, disminución o control”. No obstante, previeron la necesidad de una ley para regularlo, con el objetivo de garantizar el orden público.
Como hasta ahora nadie se ha preocupado por aquella regulación, ese derecho se ejercita sin claridad para los interesados y para la propia autoridad, y como tampoco se señala en la ley ante quién deberá notificarse determinada actividad, se ha vuelto costumbre hacerlo ante las gobernaciones departamentales.
Sin embargo, se trata de una simple notificación, no de solicitud de permiso, la cual también puede obviarse, al no estar especificada tácitamente la instancia que deba recibirla. Esta omisión cohíbe a la Policía para pedir cuentas a los organizadores de aquellos actos, cuando vulneran los derechos de otros ciudadanos.
Pero los efectos de esos desmanes son mucho más graves que la restricción de la libertad de tránsito y locomoción, que ya de por sí cae en el campo delictivo. Por ejemplo -para el caso, resulta útil citar el bloqueo del sur de la capital del domingo anterior-, ¿qué habría pasado si justo cuando las calles estaban inhabilitadas ocurre una catástrofe en el aeropuerto La Aurora, un incendio en el sector cerrado al paso de vehículos o la necesidad de movilizarse de y hacia un hospital del IGSS y una estación de bomberos que también se quedaron sin acceso?
A estas alturas del desarrollo social y urbanístico, no deben tener lugar las expresiones pueblerinas de cerrar espacios públicos para manifestar desagrado o euforia, o por simple provecho comercial.
Estas muestras de incultura hace rato que fueron sepultadas por muchos países, en donde el derecho de manifestación pública incluye la regulación del lugar, la hora y hasta el número de participantes, y se castiga con severidad a quienes la violan, porque el interés público tiene prevalencia sobre el particular.
Mientras el Congreso evada su responsabilidad en este tema, seguirá fortaleciéndose el imperio del desorden y la anarquía. Y la debilidad institucional encontrará una excusa para su falta de acción en defensa del orden público.
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